DEFINEN LÍMITE TERRITORIAL ENTRE OTEAPAN Y CHINAMECA, TRAS 50 AÑOS


| 05 de Noviembre 2015

Redacción Crónica Veracruz

Xalapa, Ver., 5 de Noviembre del 2015.- Se definieron después de 50 años de disputa, los límites territoriales entre Chinameca y Oteapan, en sesión ordinaria del Congreso del Estado de Veracruz. Después de una controversia constitucional ganada en 2013, con el numeral 109/2013 emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que la anterior Legislatura no discutió, esta sexagésima tercera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz, después de que tres Legislaturas lo discutieron y no lograron aprobar, aprobaron este jueves la definición de los límites entre ambos municipios.

Este dictamen ya había sido discutido en la quincuagésima segunda Legislatura allá por 1983, después en la quincuagésima novena Legislatura en 2003, en 2013, entró la resolución de la Controversia Constitucional que entablaron lugareños ante la SCJN, estando la sexagésima segunda Legislatura local (la anterior a ésta). Y hasta esta semana se logró la definición de los límites.

Los límites entre ambos municipios quedaron así, para efecto de los que viven ahí, los conozcan y sepan en cuál municipio pagar su predial y domiciliar su vivienda.




ASÍ QUEDARON LOS LÍMITES ENTRE OTEAPAN Y CHINAMECA


A partir de la calle Lucio Blanco y la vía del ferrocarril, teniendo como coordenadas X=325358, Y=1992953, este vértice colinda al norte con el ejido de Chinameca y al sur con el ejido de Cosoleacaque; continuando con rumbo suroeste, se ubicó el punto 2 (Dos), que se localiza en la confluencia que conforman la calle Pino Suárez y la vía del ferrocarril, cuyas coordenadas son: X=324155, Y=1992341, colindando al norte con el ejido de Chinameca y al sur con el ejido de Cosoleacaque; vértice 3 (Tres), ubicándolo en la desembocadura de la calle prolongación Centenario y la vía del ferrocarril, siendo sus coordenadas las siguientes: X=323407, Y=1992528, colindando al norte con el ejido de Chinameca y al sur con el ejido de Oteapan.

Con rumbo suroeste, se ubica el vértice 4 (cuatro), mismo que se encuentra en una la calle que los representantes de Oteapan identifican con el nombre de Francisco I. Madero, y los de Chinameca como calle 16 de septiembre y que es el cruce de la vía del ferrocarril y la carretera Oteapan-Chinameca, siendo sus coordenadas X=322980, Y=1992323. Continuando al vértice 5 (Cinco), en donde desemboca la calle Deportiva y la vía del ferrocarril, ubicando el punto X=322679, Y=1992019. Prosiguiendo con rumbo noroeste hasta llegar al vértice 6 (Seis) que se ubica en la confluencia de la calle Adolfo López Mateos y la vía del ferrocarril, con las coordenadas X=322197, Y=1992217. Siguiendo el caminamiento con rumbo noroeste, al vértice 7 (Siete), que se ubica en la vía del ferrocarril, a veinte metros aproximadamente de donde nace el arroyo Ocozuapan y colindando al norte con la planta MASECA, con unas coordenadas de X=321434, Y=1992132.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notifíquese a los representantes legales de las partes en los domicilios que tienen señalados en esta
ciudad.

ARTÍCULO TERCERO.- Notifíquese al titular del Ejecutivo Estatal, para su conocimiento y efectos legales.

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