
Meta llega a juicio mientras el mundo restringe las redes sociales para menores
Foto: . . /
| 22 de Agosto 2026
El Economista En línea
Meta comenzó esta semana un juicio federal en California por la acusación de que Instagram y Facebook fueron diseñados con funciones capaces de generar uso compulsivo entre menores. El proceso se abrió el 18 de agosto de 2026 ante la jueza Yvonne Gonzalez Rogers y está previsto para durar entre seis y ocho semanas. El caso reúne a Nueva York y otros 32 estados dentro de una ofensiva judicial iniciada en octubre de 2023, cuando fiscales de 42 jurisdicciones presentaron acciones federales y estatales contra la compañía. Su llegada a juicio coincide con la etapa más activa de la regulación infantil de internet. Australia ya impide que menores de 16 años mantengan cuentas en varias redes. Brasil trasladó parte de la comprobación de edad a los sistemas operativos, mientras la Unión Europea interviene sobre la configuración de las plataformas.
La demanda estadounidense sostiene que Meta conocía los riesgos de las recomendaciones personalizadas y del desplazamiento infinito, mientras presentaba sus servicios como seguros. Los fiscales también acusan a la empresa de recopilar datos de menores de 13 años sin consentimiento parental verificable, una conducta que, de acreditarse, infringiría la ley federal de privacidad infantil. Meta ha rechazado esas acusaciones y buscó que varios reclamos fueran desechados mediante la protección de la Sección 230, que limita la responsabilidad de los intermediarios por contenido publicado por terceros.
En agosto, una corte de apelaciones resolvió que esa norma funciona como defensa frente a determinadas responsabilidades y carece del alcance de una inmunidad contra el proceso judicial completo. Las alegaciones aún deben probarse ante el jurado. La fiscalía de Nueva York solicitó una orden para modificar las prácticas de la compañía y la imposición de sanciones económicas.
El expediente representa una ruptura con el origen de la protección infantil en línea en Estados Unidos. La Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet, conocida como COPPA, fue promulgada en 1998 y su reglamento entró en vigor en 2000. Los operadores de servicios dirigidos a niños, o que sepan que recopilan datos de una persona menor de 13 años, deben informar a los padres y obtener una autorización verificable. Esa frontera ayudó a convertir los 13 años en la edad mínima declarada por numerosas plataformas, aunque COPPA nunca estableció una autorización general para abrir cuentas a partir de esa edad. El texto legal regula el tratamiento de datos y deja fuera buena parte del diseño que organiza la experiencia del usuario.
La Comisión Federal de Comercio actualizó COPPA en enero de 2025. Las empresas necesitan autorización parental separada para entregar datos infantiles a terceros con fines de publicidad dirigida. La reforma incorporó los identificadores biométricos a la definición de información personal y restringió la conservación indefinida de datos. La FTC mantuvo el umbral de 13 años.
Nueva York avanzó hacia la regulación del diseño. Su SAFE for Kids Act restringe los canales personalizados mediante perfiles de comportamiento para menores de 18 años sin permiso parental y exige una alternativa basada en las cuentas elegidas por el usuario. Las reglas finales fueron publicadas en julio de 2026.
De la privacidad al diseño
Europa desarrolló ese cambio mediante normas superpuestas. El Reglamento General de Protección de Datos se aplica desde mayo de 2018 y fijó en 16 años la edad para consentir por cuenta propia el tratamiento de datos en servicios digitales cuando la base jurídica sea el consentimiento. Cada Estado miembro puede reducirla hasta 13 años. La disposición regula la validez de una autorización de datos y permite diferencias nacionales, por lo que tampoco equivale a una prohibición continental de redes sociales. El artículo 8 del reglamento obliga a realizar esfuerzos razonables para comprobar el permiso de quien ejerce la responsabilidad parental.
Reino Unido convirtió el interés superior del menor en instrucciones detalladas para el diseño cotidiano de aplicaciones. Su Código de Diseño Apropiado para la Edad quedó plenamente vigente el 2 de septiembre de 2021. Contiene 15 estándares para servicios que probablemente sean utilizados por niños. Exige privacidad alta desde la configuración inicial y recopilación mínima de datos. También pide explicar las funciones con lenguaje adecuado para la edad y desalienta las técnicas que empujan al usuario a reducir sus protecciones. El código se apoya en la ley británica de protección de datos. La oficina de información británica puede investigar incumplimientos y sancionarlos bajo ese régimen.
La Unión Europea extendió el enfoque mediante la Ley de Servicios Digitales. Desde 2024, las plataformas accesibles a menores deben aplicar medidas apropiadas y proporcionales para mantener un nivel elevado de privacidad y seguridad. La norma prohíbe mostrar publicidad basada en perfiles cuando el proveedor conoce con certeza razonable que el destinatario es menor.
En julio de 2025, la Comisión Europea publicó directrices para precisar esa obligación. Recomienda que las cuentas sean privadas desde su apertura y que los sistemas de recomendación den mayor peso a las decisiones expresas del usuario. También plantea desactivar la reproducción automática, una función que permite enlazar contenidos sin una nueva acción del menor. Las directrices europeas sirven como referencia para evaluar el cumplimiento, aunque cada caso conserva un análisis individual.
La comprobación de edad se volvió el punto operativo de esas reglas. La Comisión presentó en julio de 2025 un prototipo para demostrar que una persona supera los 18 años sin revelar su identidad. La versión preparada para integrarse con aplicaciones quedó disponible en abril de 2026 y puede adaptarse a otros umbrales. El proyecto europeo busca separar el atributo de edad del resto de la identidad para reducir los datos entregados a cada servicio.
Francia muestra las dificultades jurídicas de convertir esa verificación en una prohibición general. Una ley de julio de 2023 estableció una mayoría digital de 15 años y exigió autorización parental para que usuarios más jóvenes se registraran en redes. Su aplicación quedó pendiente de normas técnicas y del procedimiento europeo correspondiente.
En 2026, el Parlamento aprobó otra prohibición para menores de 15 años. La Asamblea Nacional respaldó el texto el 21 de julio con 279 votos favorables. Hubo 81 votos en contra y 66 abstenciones. El 14 de agosto, el Consejo Constitucional anuló el artículo central. La decisión consideró que el control necesario para excluir a todos los menores alcanzaba el acceso del conjunto de los usuarios y afectaba de manera desproporcionada la libertad de comunicación. La resolución constitucional dejó en pie otras disposiciones de protección y cerró, por ahora, la ruta francesa hacia un veto uniforme.
Las prohibiciones entran a prueba
Australia tomó la vía que Francia intentó establecer. El Parlamento aprobó en noviembre de 2024 una reforma a la Online Safety Act y la obligación comenzó el 10 de diciembre de 2025. Las plataformas cubiertas deben adoptar medidas razonables para impedir que menores de 16 años creen o conserven cuentas. La carga jurídica recae en las empresas. Los niños y sus padres carecen de sanciones.
Un tribunal puede imponer a una corporación multas de hasta 54.6 millones de dólares australianos. Facebook e Instagram están dentro del régimen junto con otras redes clasificadas por la autoridad eSafety. Los servicios de mensajería independientes quedaron excluidos mediante reglas específicas. La autoridad australiana informó que las plataformas habían retirado el acceso a 4.7 millones de cuentas de menores hacia mediados de diciembre.
Los primeros datos describen una reducción limitada del uso, acompañada por una caída mayor en la posesión de cuentas. eSafety comparó una medición realizada antes de la entrada en vigor con otra levantada entre marzo y abril de 2026. Entre niños de 10 a 15 años, la proporción que tenía una cuenta en alguna plataforma restringida bajó de 52 a 42 por ciento.
El uso de por lo menos una de esas redes pasó de casi 86 a poco más de 81 por ciento. El uso diario descendió de 61 a 58 por ciento. Cerca de la mitad de quienes conservaron una cuenta dijeron que la plataforma no había comprobado su edad. El regulador advirtió que el seguimiento cubre tres meses y que la evaluación de bienestar continuará durante dos años. El informe de seguimiento permite distinguir entre retirar cuentas y eliminar el acceso efectivo.
Brasil eligió una arquitectura distinta. La Ley 15.211, promulgada el 17 de septiembre de 2025, creó el Estatuto Digital de la Niñez y la Adolescencia. La norma se aplica a productos dirigidos a menores o con probabilidad de ser utilizados por ellos, aun cuando el proveedor esté establecido fuera del país.
El decreto reglamentario de marzo de 2026 encargó a los dispositivos proporcionar una señal sobre el rango de edad. Las aplicaciones conservaron la obligación de aplicar protecciones y resolver indicios de una clasificación incorrecta. La norma limita la transmisión de identidad y encarga a la autoridad de datos certificar los métodos utilizados. También restringe la publicidad basada en perfiles de menores. La ley brasileña vincula la edad con el entorno técnico completo, en lugar de repetir una entrega de documentos en cada plataforma.
Ese modelo aparece en la postura que Meta compartió con El Economista durante la discusión mexicana. La compañía plantea que Apple y Google comprueben la edad cuando una familia configura un teléfono y transmitan a cada aplicación un intervalo, en lugar de entregar la fecha de nacimiento o la identidad. Apple ofrece una interfaz de rango de edad declarado y Google incorporó señales de edad en Play.
Meta sostiene que el control inicial a nivel del dispositivo reduciría las verificaciones repetidas y permitiría que las aplicaciones ajusten sus funciones. La empresa mantiene que cada servicio debe aplicar protecciones propias. La propuesta coincide con su interés regulatorio y carece del carácter de respuesta formal a un proyecto mexicano, pues el gobierno federal todavía construye la iniciativa mediante foros públicos. La postura publicada por El Economista sitúa la discusión local entre la prohibición australiana y el reparto brasileño de responsabilidades.
La regulación se desplazó desde el permiso para recolectar datos hacia la manera en que una plataforma recomienda contenido y comprueba edades. Estados Unidos lleva a juicio decisiones de diseño de Meta. Australia mide el resultado de una edad mínima, mientras Brasil prueba señales emitidas por el dispositivo. En México, la definición pendiente determinará quién verifica la edad y qué funciones cambian cuando el sistema detecta a un menor. El juicio californiano y la evaluación australiana aportarán evidencia sobre la responsabilidad por el diseño pasado y la eficacia de las restricciones actuales.